Miércoles, 19 de Junio de 2013

Usted está aquí: Concursos Artes Visuales Bases del Concurso 'Imposible de Etiquetar'

Bases del Concurso 'Imposible de Etiquetar'

Correo electrónico Imprimir

Destinado a estudiantes de último curso de facultades de Bellas Artes y escuelas de Arte públicas y privadas de Madrid, Barcelona, Bilbao y Santander. Los estudiantes deberán presentar una obra original e inédita, de tema, material, técnica y tendencia estética libre, creada bajo el concepto Imposible de Etiquetar que da nombre al concurso.

Primero.- Empresa Organizadora del Concurso
El ámbito de aplicación de este Concurso es de carácter Nacional (España). El presente concurso se organiza por la entidad Cervezas Alhambra S.L., con CIF nº B-14343313, domiciliada en Granada, Avenida de Murcia nº 1, (en adelante, la “Compañía”).

Segundo.- Objeto cel Concurso
Cervezas Alhambra pretende a través de la convocatoria del presente concurso y con el patrocinio de su marca “Alhambra 1925”, constituir una plataforma de exhibición, difusión y apoyo a la profesionalización de nuevos creadores, con el propósito de promover la excelencia en el campo de la expresión artística y cultural.

Asimismo, a través del presente concurso (en adelante, el “Concurso”) la Compañía pretende promocionar las ventas de los productos que fabrica y/o comercializa.

Tercero.- Ámbito Geográfico
El ámbito de aplicación de este Concurso es de carácter Nacional.

Cuarto.- Ámbito Temporal
El plazo para realizar las inscripciones y presentación de las obras al Concurso se inicia el día 22 de octubre de 2012 y finalizará a todos los efectos el día 23 de noviembre de 2012, ambos inclusive.

Quinto.- Comunicación
El Concurso se comunicará al público por la Compañía indistintamente a través de, entre otras, cualquiera de las siguientes vías: fan page de Alhambra 1925 en Facebook y en las escuelas de arte adheridas.

Sexto.- Premios
El premio que se entregará al Ganador del presente Concurso es:

  • La matriculación en el curso de la escuela: THE UNIVERSITY OF THE ARTS
  • Curso: Arte+Inglés.
  • Lugar donde se realizan las clases:
    • Inglés: 15 horas semanales en La Escuela de Lenguas (High Holborn Street)
    • Arte: 15 horas semanales en el Chelsea College of Art and Design (Pimlico-Westminster) o en el Camberwell College of Arts (Peckham Road).

El programa incluye:

  • 15 horas de inglés a la semana.
  • Curso de Arte (15 horas por semana; clases, visitas a museos, prácticas en el estudio, etc.).
  • Alojamiento en apartamento compartido, habitación individual y pensión completa.
  • Matrícula a la escuela, test de nivel, material de clase y certificado final.
  • Uso de las instalaciones de la Escuela y de los campus de la Universidad.
  • Avión ida y vuelta.

La Duración prevista del curso es 4 semanas dentro del calendario lectivo establecido por los centros de formación. En el supuesto de que el ganador no pueda acudir dentro de las fechas de dicho calendario lectivo, el premio quedará desierto por imposibilidad sobrevenida.

Para tener derecho al premio, es condición imprescindible acreditar la pertenencia y matriculación como estudiante, de alguna de las Facultades de Bellas Artes y centros de formación de Bellas Artes invitados por LaCompañía al Concurso, o a centros de estudios artísticos cuando la participación sea libre. La matriculación en cualquier centro será necesariamente de fecha anterior a la inscripción del participante en el Concurso. LA Compañía podrá exigir los documentos que estime pertinentes a fin de acreditar esta circunstancia.

Con los trabajos presentados, se harán agrupaciones de entre 30 y 40 obras con las que, si LA Compañía así lo decide, se podrá organizar a cargo de la misma y durante un plazo de seis meses, una exposición itinerante en aquellos espacios y salas que aquella tenga por conveniente. Se tratará de que estas agrupaciones sean homogéneas de manera que haya representación de la mayor variedad de trabajos posible. Además, en cada exposición se proyectará de manera que puedan visualizarse en un bucle todos los trabajos presentados. El CD o DVD que acompañará a cada exposición será realizado por LA Compañía.

Las obras integrantes de esta exposición podrán ser recogidas en un librocatálogo para la mejor difusión del Concurso, así como en el sitio web de LA Compañía, por lo que desde este momento los participantes ceden, sin contraprestación alguna, todos los derechos tanto sobre sus obras como sobre la imagen y nombre de aquellos para llevar a cabo dicha actividad, en los términos descritos en los apartados 9.5 y 9.6 de estas Bases.

Se entregará un solo premio por Ganador.

A los premios del presente Concurso les será de aplicación lo establecido en los apartados 9.4 y 9.7 de las presentes bases legales.

Séptimo.- Mecánica
Todas aquéllas personas que deseen participar en el Concurso deberán cumplir con los requisitos establecidos en los términos y condiciones de las presentes bases.

La mecánica del Concurso será la que se detalla a continuación.

La participación en el Concurso está abierta a mayores de 18 años residentes legales en España, que sean alumnos de Facultades de Bellas Artes y otros centros formativos de Bellas Artes que hayan sido invitadas/os a participar en el presente Concurso por LA Compañía, o que realicen estudios en centros artísticos y deseen participar libremente, sin más limitación que las impuestas por la legalidad vigente en el Estado español.

La participación en el presente Concurso, tanto por las Facultades y Centros invitadas/os y los estudiantes de aquellas, como los de otros centros de estudios artísticos que libremente deseen participar, supone la total aceptación de estas bases por las que se rige el mismo.

Los interesados, dentro del plazo señalado en el número 4, formularán su inscripción on-line, entrando en www.alhambrareserva1925.com/imposibledeetiquetar, y enviando el formulario de participación debidamente cumplimentado en su totalidad y que consta de los siguientes campos:

a_ Facultad, centro de formación en Bellas Artes o de estudios artísticos a la que pertenece el participante.
b_Datos personales del participante, como nombre y apellidos, DNI o documento identificativo, domicilio, provincia, código postal, teléfono y dirección de correo electrónico.
c_Aceptación de las bases del Concurso.
d_Aceptación de las condiciones en cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD).

Junto con el formulario anterior se verificará la presentación de las obras a través de un pdf, con foto/fotos y la ficha técnica de la misma en la que habrá de figurar:

a_Título de la obra.
b_Texto explicativo de la obra, del cual LA Compañía se reservará el derecho de reproducción como su exhibición en cualquier medio y soporte.
c_Fotografías de la obra presentada a concurso (máximo 2 fotografías), reservándose LA Compañía los mismos derechos citados.

Solo se admitirá una obra por participante.

Los autores tendrán completa libertad de tema, material, técnica y tendencia estética.

En todo caso, no serán válidas las obras que incluyan nombres o referencias reales de personas, aquellas que tengan contenido racista, erótico y/o sexual, que inciten a la violencia, que incluyan de cualquier manera derechos de propiedad intelectual de terceros ajenos a la Compañía, cuyo contenido se refiera a otras marcas de cerveza o que, de cualquier manera, puedan ser susceptibles de afectar a la imagen de marca.

Las obras presentadas deberán estar firmadas y permitir su exposición directa sin necesidad de manipulaciones ni montajes ulteriores. Las creaciones audiovisuales deberán ser reproducibles directamente en equipos informáticos de su común.

La compañía se reserva el derecho de aceptar a concurso trabajos realizados en materiales frágiles cuyo manejo suponga un riesgo evidente para su integridad.

Las obras presentadas tendrán que ajustarse a aquellas medidas que posibiliten su adecuado transporte, no admitiéndose aquellas que presente problemas de montaje, traslado o embalaje.

El autor deberá señalar la forma en que la obra debe ser expuesta.

Las obras deberán ser originales e inéditas, no pudiendo haber sido presentadas ningún otro concurso o certamen, ni haber sido publicadas ni difundidas por ningún medio o soporte y, en ningún caso, haber sido expuestas anteriormente.

En el caso de pinturas y fotografías, las obras se presentarán montadas sobre soporte rígido con un listón o junquillo.

Las obras en formato audiovisual serán remitidas en CD o DVD compatible con Windows XP y deberán adjuntar indicaciones técnicas para su correcto montaje y exhibición.

La Compañía procurará el buen cuidado de las obras, sin embargo no se responsabiliza de los desperfectos que puedan ocasionarse derivados de la exposición, la manipulación, e incluso del posible extravío.

De entre los Participantes del Concurso resultará un ganador, que se determinará según lo establecido en la Cláusula Octava (en adelante, los “Ganadores”).

Octavo.- Jurado
Jurado Escolar o Docente
En cada Facultad de Bellas Artes o centro formativo de Bellas Artes invitada/o al presente Concurso, un jurado compuesto por un claustro de profesores de la misma hasta un máximo de 7, realizará una selección previa en el centro, seleccionando un máximo de 10 obras entre todas las presentadas.

Las obras preseleccionadas participarán en las Exposiciones Itinerantes descritas en el apartado 6 de las presentes bases legales.

Jurado de la Compañía
La preselección de las obras que hubieran sido presentadas libremente por participantes no pertenecientes a Facultades o centros expresamente invitados, se realizará por un Jurado compuesto por un representante de la agencia de marketing que implementa la acción de este Concurso y dos representantes de LA Compañía.

La compañía hará pública la preselección realizada por ambos jurados, entre los días 26 al 30 de noviembre de 2012 a través de su página web y en los lugares destinados a tal efecto en las escuelas adheridas.

Jurado Profesional
Los días 3 al 4 de diciembre de 2012, un jurado imparcial e independiente compuesto por los representantes de cada una de las Facultades y centros adheridas/os, dos representantes de la Compañía, distintos de los que hubieran ejercido ya está labor en fase de preselección, y dos personalidades relevantes del ámbito de la cultura y la creación artística (en adelante, el “Jurado”), procederá a designar, de entre los Participantes preseleccionados del Concurso, a un Ganador y a tres suplentes.

La decisión de cualquiera de los Jurados, en su ámbito de selección, será inapelable y a cada uno corresponde resolver cualquier circunstancia no prevista en estas bases. La interpretación de estas bases es cometido exclusivo de los miembros de cada jurado conforme a su buen criterio.

En el plazo de los 10 días naturales siguientes al día en el que se determine a los Ganadores, la Compañía o los agentes que tenga contratados para la gestión del Concurso comunicarán a los Ganadores que han resultado agraciados con el premio que se detalla en estas bases. Asimismo, la Compañía hará público los nombres de los ganadores en la web de Cervezas Alhambra.

En ningún caso podrá ser entregado el premio a personas distintas de aquéllas que hayan resultado Ganadoras del Concurso o, en su caso y de conformidad con lo dispuesto a continuación, los suplentes.

No podrán ser Ganadores del Concurso el personal laboral, becarios, distribuidores, subcontratistas y demás agentes o representantes de la Compañía, de las agencias encargadas del desarrollo del Concurso o de cualesquiera otras entidades que hayan intervenido en el desarrollo del Concurso. Tampoco podrán ser Ganadores los familiares de las anteriores personas hasta el segundo grado de consanguinidad.

En caso de que no fuera posible localizar a los Ganadores de este Concurso con la información que hayan proporcionado, los Ganadores incurrieran en alguno de los supuestos detallados en el apartado anterior, los Ganadores no pudieran o no quisieran aceptar el premio, el premio pasará al primer suplente y así sucesivamente hasta agotar el número de suplentes. Si se agotan todos los suplentes, el Concurso se declarará desierta.

En todo caso, el Ganador se compromete a preservar la buena imagen y reputación de la Compañía o de cualquiera de sus marcas.

Noveno.- Condiciones de Carácter General
9.1.- Legitimación

  • Podrán participar en este Concurso las personas físicas que sean consumidores finales de los productos promocionados, siempre que sean mayores de 18 años y residan legalmente en España.
  • La mayoría de edad y residencia serán corroborados mediante la presentación del D.N.I. u otro documento acreditativo de la identidad de las personas físicas, en el momento de entrega del premio.

9.2.- Limitaciones a la participación

  • La Compañía queda facultada para excluir a los Participantes que no cumplan con los requisitos de la presente Concurso o que, a juicio de la Compañía, hubieran incumplido cualquier otra previsión de las presentes bases legales y/o que defrauden, alteren o inutilicen el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario del Concurso.
  • En particular, la Compañía queda facultada a excluir del Concurso al personal laboral, becarios, distribuidores, subcontratistas y demás agentes o representantes de la Compañía, de las agencias encargadas del desarrollo del Concurso o de cualesquiera otras entidades que hayan intervenido en el desarrollo del Concurso. Tampoco podrán participar en el Concurso los familiares de las anteriores personas hasta el segundo grado de consanguinidad.
  • En caso de que para participar en el Concurso, los Participantes deban crear o diseñar una obra (consistente en una imagen, sonido, vídeo o una obra de cualquier otra índole), la Compañía se reserva el derecho de rechazar y eliminar del Concurso cualquier obra que no se adapte a todos y cada uno de los requisitos señalados por la Compañía o que la Compañía considere que afecta o es susceptible de afectar la imagen y buena reputación de la Compañía o de cualquiera de las marcas que integran la cartera de marcas del grupo al que pertenece la Compañía.
  • Los datos facilitados por los Participantes, deberán ser veraces. Dado que los datos son esenciales para la participación en el presente Concurso, en el caso de que los mismos fueran falsos, la Compañía podrá eliminar al Participante del Concurso. En caso de que no haya sido detectada la falsedad de los datos y el Participante resulte ganador de un premio del presente Concurso, el Participante quedará igualmente excluido del Concurso.
  • En los casos indicados anteriormente, los Participantes excluidos perderán su derecho al premio. En caso de que dichos Participantes hayan resultado Ganadores del Concurso, al ser excluidos, el premio pasará al primer suplente y así sucesivamente hasta agotar el número de suplentes. Si se agotan todos los suplentes, el Concurso se declarará desierta.

9.3.- Aceptación de las bases legales

  • El mero hecho de participar en este Concurso implica la aceptación en su totalidad y sin reservas de las presentes bases y del criterio de la Compañía en cuanto a la resolución de cualquier cuestión derivada del Concurso.
  • La Compañía se reserva el derecho a efectuar en cualquier momento los cambios que entienda oportunos en las presentes bases, incluyendo a título meramente enunciativo pero no limitativo, la anulación, repetición, ampliación, aplazamiento o modificación de las mismas.

Dicha situación se pondrá convenientemente en conocimiento de los Participantes a través de los mismos medios en los que se haya comunicado la celebración del Concurso, quedando eximida la Compañía de toda obligación o compensación económica respecto a los Participantes.

9.4.- Del premio del Concurso, su aceptación y cesión

  • El premio objeto del presente Concurso, es intransferible y en ningún caso podrá ser objeto de cambio, alteración o compensación a instancia de los Ganadores, siendo el Ganador la persona que disfrute del mismo, salvo autorización expresa de la Compañía.
  • Una vez entregado al Ganador, el premio no podrá ser objeto de negocios jurídicos celebrados con fines comerciales o publicitarios.
  • Las imágenes o vídeos en los que aparezca publicitado el premio del Concurso pueden reflejar bienes o servicios con características sensiblemente distintas a aquéllos que constituyan el premios a ser entregado, no derivándose de ello para la Compañía una obligación contractual o legal de entregar como premio exactamente el bien o servicio que aparezca reflejado en tales imágenes o vídeos.
  • La Compañía podrá solicitar al Ganador del presente Concurso la aceptación escrita del premio. El Ganador podrá renunciar al premio ganado, si bien dicha renuncia, deberá constar por escrito y ser firmada asimismo por el Ganador. En caso de que el Ganador renuncie al premio, el premio pasará al primer suplente y así sucesivamente hasta agotar el número de suplentes. Si se agotan todos los suplentes, el Concurso se declarará desierto.
  • Cuando el premio este sujeto a garantía del fabricante o del proveedor, por lo que en caso de fallo o mal funcionamiento del artículo, los Ganadores deberán dirigirse al servicio técnico del proveedor o fabricante del mismo, quedando la Compañía exonerada de cualquier responsabilidad derivada del fallo o mal funcionamiento del artículo.
  • Cuando el premio consista en la realización de un determinado viaje, se entiende que quedan excluidos del premio los desplazamientos de los Ganadores y, en su caso, sus acompañantes hasta el lugar fijado como punto de partida (incluyendo a título meramente enunciativo y sin limitación, aeropuertos, estaciones de tren, estaciones de autobuses, etc.), las tasas de los aeropuertos o cualquier otro tipo de estación, los gastos extras en los hoteles, los posibles suplementos por subidas de carburante, los gastos derivados de visados y cualesquiera otros gastos derivados de bienes o servicios que excedan de la definición del premio detallada en la Cláusula Sexta.
  • En el supuesto de que estas Bases regulen un determinado período durante el que se pueda disfrutar de los premios, éste deberá ser respetado por los Ganadores, sin que quepa la posibilidad de modificarlo.
  • Si la Compañía lo considera necesario, se podrá dejar algún premio desierto.
  • Los premios se entregarán exclusivamente dentro del territorio nacional en la dirección que la Compañía indique al Ganador o, en su caso, suplentes en el momento de la notificación del premio.
  • El período de reclamación de los premios finaliza transcurridos quince (15) días desde que los participantes reciban la notificación de que han resultado agraciados con el premio en la dirección que hayan facilitado a tal efecto. En caso de que el Ganador no reclame el premio en este plazo, el premio pasará al siguiente suplente y así sucesivamente hasta agotar el número de suplentes. Agotado el número de suplentes, el Concurso se declarará desierto.

9.5.- Derechos de propiedad intelectual 

  • Para el supuesto de que los Participantes aportaran contenidos protegidos por derechos de propiedad intelectual o industrial a través de los medios puestos a su disposición para ello, los Participantes ceden a la Compañía, con carácter exclusivo y gratuito, para todo el territorio mundial y durante todo el periodo de vigencia de los mismos, la titularidad de todos los derechos de propiedad intelectual sobre las obras, que podrán ser explotadas por la Compañía sin limitación de ningún tipo.Asimismo, los derechos cedidos sobre todas las obras del Concurso (tanto si resultan ganadoras como si no) comprenden, sin carácter limitativo, el derecho de reproducción, de distribución, de comunicación pública y de transformación, tal y como aparecen definidos en la Ley de Propiedad Intelectual aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril. Los derechos cedidos podrán ser explotados por la Compañía a través de cualquier formato o soporte y por cualquier sistema, procedimiento o modalidad, incluyendo, sin carácter limitativo, la explotación en televisión y/o mediante cualquier otro procedimiento audiovisual, la explotación online, la explotación en cualesquiera medios impresos (como cartel publicitario, en prensa, dossier de prensa, diarios, revistas, libros, publicidad), la explotación en cualquier tipo de soporte (incluyendo la explotación en DVDs, CDs y la explotación en vídeo), la exhibición en cualesquiera locales (abiertos al público o no) y/o en la vía pública, y el uso de las obras en cualquier actividad y/o medio publicitario o promocional (incluyendo, sin carácter limitativo, publicidad exterior). La Compañía estará facultada para ceder y/o licenciar a terceros, con carácter de exclusiva o no, los derechos cedidos.
    • Los Participantes garantizan expresamente, con total indemnidad para la Compañía, la autoría y originalidad de cualesquiera de las obras remitidas como consecuencia de este Concurso, y que las mismas no son copias ni modificación total o parcial de ninguna obra o marca protegible, ni que las mismas se hallan sometidas a ninguna otra promoción o concurso, resuelto o pendiente de resolución. En este sentido, los Participantes se comprometen a mantener indemne a la Compañía frente a cualquier reclamación de terceros por daños y perjuicios que se deriven de cualesquiera de las obras remitidas o del uso que de éstas lleve a cabo la Compañía en caso de que se infrinjan derechos de propiedad intelectual o industrial, de competencia desleal o suponga una infracción de la restante legislación que resulte de aplicación.

9.6.- Derechos de imagen

  • Los Participantes autorizan de forma irrevocable y gratuita a la Compañía a reproducir, utilizar y difundir su nombre, apellidos, dirección e imagen en cualquier actividad publicitaria y/o promocional para su tratamiento a través de cualquier sistema y soporte que permita fijar, insertar, difundir, reproducir, divulgar, comunicar y explotar públicamente el diseño obtenido conjuntamente con la imagen de la Compañía, todo ello sin ningún tipo de limitación temporal ni territorial y sin que de lugar a ningún tipo de remuneración o contraprestación por la Compañía.
  • A estos efectos, las referencias que se hagan a “cualquier sistema y soporte” deben interpretarse de manera extensiva a cualquier medio que permita la fijación, reproducción, distribución y comunicación pública de la imagen y voz, del cedente (incluyendo con carácter meramente enunciativo y no limitativo, la prensa, la televisión, el cine, Internet, los dispositivos móviles, etc.) a utilizar el diseño de las imágenes y voz, en todo tipo de acciones publicitarias tales como presentaciones y eventos organizados por la Compañía.
  • La autorización incluye todos los derechos de reproducción, transformación, distribución y comunicación pública de la grabación o imágenes captadas, sin limitación de tiempo ni de territorio.

9.7.- Fiscal

  • A los premios del presente Concurso les serán de aplicación todas las disposiciones de carácter fiscal pertinentes, según la legislación aplicable en cada momento.
  • De conformidad con el Artículo 75.2.c) del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), los premios que se entreguen como consecuencia de la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias, estén o no vinculados a la oferta, promoción o venta de determinados productos o servicios, están sujetos a retención o ingreso a cuenta, según corresponda.
  • De conformidad con lo dispuesto en el artículo 101.7 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF, la retención o ingreso a cuenta a aplicar sobre los premios cuyo valor exceda de 300 euros es de un 21% sobre la base de retención, siendo la base de retención (i) en el caso de los premios consistentes en la entrega de cantidades dinerarias, el importe de la cantidad a entregar y (ii) en el caso de los premios consistentes en la entrega de bienes o servicios, su valor o el coste que hayan tenido para la Compañía incrementado en un 20%.
  • En este sentido, se deja expresa constancia de que, por imperativo legal, la Compañía deberá practicar las retenciones e ingresos a cuenta que correspondan sobre el valor de los premios.
    Con carácter adicional a la obligación formal de practicar la correspondiente retención o ingreso a cuenta, la Compañía se compromete a asumir el coste de la retención o ingreso a cuenta correspondiente al premio, sin perjuicio de que el Ganador deba responder de las demás responsabilidades fiscales que en su caso le correspondan, de conformidad con lo establecido en el apartado siguiente.
  • Exceptuando las obligaciones de la Compañía de practicar las retenciones e ingresos a cuenta sobre el valor de los premios, todas las demás responsabilidades fiscales que pudieran derivarse del premio serán por cuenta de los Ganadores, salvo que la legislación aplicable en cada momento disponga lo contrario.

9.8.- Exoneración de responsabilidad

  • La Compañía, sus proveedores, subcontratistas, colaboradores, agentes o distribuidores quedan exonerados de cualquier responsabilidad por daños ya sean físicos o de cualquier otra índole, que pueda sufrir el ganador del Concurso por cualquier acción u omisión no imputable a la Compañía, sus proveedores, contratistas, colaboradores, agentes o distribuidores, durante el disfrute del premio y con los límites establecidos en la normativa aplicable.
  • La Compañía no se hace responsable de los daños y perjuicios derivados de la participación en este Concurso. Consecuentemente, los Participantes del presente Concurso, exoneran a la Compañía, de la forma más amplia que en Derecho proceda, de cualquier tipo de responsabilidad, sanción, reclamación, demanda o causa civil, mercantil, penal, administrativa o de cualquier otra índole, incluyendo la indemnizaciones de cualquier naturaleza y/o índole, costas o cualesquier otro tipo de gastos (con expresa inclusión de los honorarios de Letrados y Procuradores) en los que pudiere resultar implicada la Compañía con motivo y ocasión del presente Concurso.
  • La Compañía, no se responsabiliza de los actos y comportamientos de los Participantes, ni de sus hipotéticas responsabilidades penales, civiles o de cualquier otra índole ni de las posibles pérdidas, deterioros, robos, retrasos o cualquier otra circunstancia imputable al ganador o a su acompañante en su caso, o a terceros (como a título de ejemplo, agencias de viaje, compañías aéreas, etc.,) que puedan afectar tanto a la participación como al disfrute de los regalos del presente Concurso.
  • La Compañía queda exonerada de toda responsabilidad derivada del mal funcionamiento de correos, de las redes de comunicación electrónicas que impidan el normal desarrollo del Concurso por causas ajenas a la Compañía y especialmente por actos externos de mala fe. Tampoco será responsable la Compañía por los problemas de transmisión o pérdida de datos no imputables a la misma.
  • Resultará de aplicación al presente Concurso en la medida en la que proceda las Condiciones Generales de Uso de la Web de LA Compañía.
  • La Compañía no se hace responsable de los servicios que presten terceras empresas con motivo y ocasión de la implementación del presente Concurso.
  • La Compañía, procederá a la anulación de los SMS, MMS, correos electrónicos u otras comunicaciones electrónicas, incompletas, erróneas, manipuladas o pertenecientes a otras promociones.
  • En caso de la producción de cualquier fallo técnico u operativo que dificulte el normal desarrollo del concurso y, en particular, que haga imposible la determinación del Ganador, la Compañía pondrá fin al Concurso, renunciando los participantes a interponer cualquier reclamación, demanda o causa civil, mercantil, penal, administrativa o de cualquier otra índole contra la Compañía, persiguiendo cualquier responsabilidad, sanción, incluyendo las indemnizaciones de cualquier naturaleza y/o índole, costas o cualesquier otro tipo de resarcimiento.

9.9.- Declaración responsable

  • La Compañía, se compromete a llevar a cabo el presente Concurso conforme con los principios de legalidad, veracidad y autenticidad recogidos en nuestro ordenamiento jurídico, prestando especial atención a la normativa sobre protección de menores.
  • La Compañía recomienda el consumo responsable de las bebidas alcohólicas.

9.10.- Depósito de bases y su publicación

  • Las presentes bases serán depositadas ante el Notario de Madrid, Don Ignacio García Noblejas Santa Olalla.
  • Asimismo, las bases del Concurso serán publicadas en el Archivo Electrónico de bases de Concursos (ABACO) servicio de interés general ofrecido por el Consejo General del Notariado y publicado en www.notariado.org/abaco.

Décimo.- Protección de Datos

  • De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y con la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico, la Compañía, le informa y usted otorga su consentimiento expreso para que los datos de carácter personal que usted nos facilite en el marco del presente Concurso sean incorporados a un fichero titularidad de la Compañía con la finalidad de gestionar su participación en el Concurso y, en particular, gestionar la entrega del premio, en caso de que usted resultara premiado así como el cumplimiento de cualesquiera obligaciones fiscales o de otra índole que sean de aplicación en relación con el Concurso.
  • Asimismo otorga su consentimiento para el uso interno de sus datos por la Compañía o las entidades que integran el grupo empresarial al que pertenece la Compañía, así como para que la Compañía o las entidades del grupo empresarial al que pertenece le envíe comunicaciones periódicas, incluyendo a título meramente enunciativo y sin limitación, las comunicaciones que se realicen vía telefónica, correo electrónico u ordinario, SMS, MMS o medio similar, para informarle sobre los productos, ofertas, servicios, promociones y novedades de la Compañía o de las entidades del grupo al que pertenece ésta última.
  • Igualmente, los datos recogidos serán cedidos a las entidades que integran el grupo empresarial al que pertenece la Compañía así como a todas aquellas entidades que colaboren en la organización del premio, pertenecientes a los sectores de actividad de hoteles, agencias de viajes y compañías aéreas, centros de formación en que se vayan a impartir las enseñanzas correspondientes al premio y en general entidades relacionadas con la implementación del Concurso. En caso de que algunos de los cesionarios se encuentre ubicado fuera del Espacio Económico Europeo, la Compañía le informará de la identidad del destinatario así como su país de ubicación.
  • La Compañía se compromete al cumplimiento de su obligación de secreto de los datos de carácter personal y de su deber de guardarlos, y adoptará las medidas necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta en todo momento del estado de la tecnología. La Compañía comunica a los Participantes que pueden ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (derechos ARCO) mediante petición escrita dirigida al Dpto. de Asesoría Jurídica de la Compañía, sito en la Calle Titán, núm. 15 28045 - Madrid. En la petición se deberá adjuntar la siguiente información:
    • Nombre, apellidos y copia del D.N.I.
    • Domicilio a efectos de notificaciones.
    • Derecho que desea solicitar y contenido de su petición. En todo caso, y en la medida en la que no contradiga lo dispuesto en estas bases legales, resultará de aplicación al presente Concurso la Política de Privacidad de la Compañía.

Undécimo.- Ley y Jurisdicción Aplicable

  • Las Bases del Concurso se rigen por la ley española.
  • La Compañía y los Participantes en el Concurso, se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid, con renuncia expresa a cualquier otro foro que pudiera corresponderles.

Más información: www.imposibledeetiquetar.com/